PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS JUEGOS DE MESA 2: DERECHO DE AUTOR

En esta entrada vamos a continuar conociendo otra de las figuras de a propiedad intelectual que protege a los juegos de mesa, tal como lo es el derecho de autor. Y es que los juegos de mesa son aquellos que se juegan sobre una superficie plana, generalmente rectangular, conocida como tablero, donde juegan dos o más personas, que utilizan fichas o piezas que representan a los jugadores o algunos de los elementos del juego.

Las piezas que forman parte de los juegos de mesa, tales como el tablero y sus fichas, deben ser llamativos y que incentive a las personas a jugar. Por lo tanto, cuentan con diseños o imágenes que deben ser originales para atraer la atención al juego. En vista de esto, el derecho de autor se convierte en la figura jurídica para proteger la originalidad de estos elementos de los juegos de mesa. Así que conozcamos cómo el derecho de autor es aplicado a los juegos de mesa.

Los derechos de autor y los juegos de mesa están íntimamente ligados. Los juegos de mesa, como cualquier otra creación artística o intelectual, pueden ser protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual, en particular por los derechos de autor.

Cuando se trata de juegos de mesa, los derechos de autor pueden proteger varios aspectos del juego. Estos incluyen las reglas escritas, el arte y diseño de la caja y los componentes, y el texto en las tarjetas del juego, por ejemplo. Sin embargo, vale la pena señalar que las ideas subyacentes o los mecanismos de juego en sí generalmente no pueden ser protegidos por derechos de autor. Esto significa que, aunque no se puede copiar directamente las reglas escritas de un juego, es posible diseñar un nuevo juego que utilice mecanismos similares.

Además de los derechos de autor, a veces se utilizan otras formas de protección de propiedad intelectual para juegos de mesa. Por ejemplo, las patentes pueden ser utilizadas para proteger mecánicas de juego innovadoras, aunque obtener una patente para un juego de mesa puede ser un proceso costoso y complicado. Las marcas comerciales también se utilizan comúnmente para proteger los nombres, logos y marcas asociadas con un juego de mesa.

¿QUÉ ES EL DERECHO DE AUTOR?

 

 

Primeramente hay que comenzar conociendo en qué consiste el derecho de autor. Pues bien, el derecho de autor es el conjunto de normas que protege al autor de una obra de carácter artística, literaria, científica, musical etc., otorgándole al artista o creativo los derechos morales y patrimoniales sobre la obra.

Los derechos morales consisten en el respeto a la integridad de la obra, que las misma no sea mutilada o tergiversada, también incluye el derecho que el autor tiene a ser siempre reconocido como el creador de la obra. Estos derechos morales  son perpetuos y no pueden ser transferidos.

Por su parte, los derechos patrimoniales consisten en todos aquellos actos de la obra que generen dinero como distribución, comercialización, adaptación, difusión, etc. Estos derechos pueden ser transferidos a terceras personas y tienen  duración en Estados Unidos y la Unión Europea de 70 años que empiezan a correr después del fallecimiento del autor.

Sin embargo, las normas estadounidenses en la materia también establecen que cuando la obra fue creada por encargo de un tercero, el derecho de autor de la misma tiene una duración de 95 años después de su primera publicación. Esto es importante destacarlo, ya que Estados Unidos es el país donde se encuentran domiciliadas las empresas más relevantes del sector.

Cuando la obra ya ha expirado, bien sea los 70 o 95 años, la misma pasa a dominio público, lo que significa que podrá ser usada por las personas sin necesidad de contar con el permiso del autor o de sus herederos.

Ahora bien, qué tipo de obras pueden ser protegidas bajo el derecho de autor, pues eso es determinado en las normas de cada país que rigen la materia. Sin embargo, basándonos en el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Artísticas y Literarias, que es el acuerdo internacional más relevante en materia de derecho de autor a nivel mundial y que sirve de lineamiento en esta materia para los países miembros del mismo, establece cuales son  las obras que se pueden proteger en esta materia.

En este sentido, las obras que pueden ser protegida por el derecho de autor son las literarias, software, bases de datos, películas, composiciones, series de televisión, pinturas, esculturas, fotografías, obras arquitectónicas, mapas, planos, croquis, bocetos, entre otros.

Al notar cuales son las obras protegidas por el derecho de autor, no cabe duda que los elementos visuales y originales de los juegos son protegidos por el derecho de autor. Además, es importante destacar que la protección sobre la obra nace desde el momento de la creación o materialización de la obra.

 

¿QUÉ ELEMENTOS DE LOS JUEGOS DE MESAS ESTÁN PROTEGIDOS POR EL DERECHO DE AUTOR?

 

Ahora bien, como ya se mencionó en líneas anteriores, los elementos visuales de los juegos de mesa, siempre y cuando sean originales son

protegidas por el derecho de autor. Desde el punto de vista legal, originalidad  quiere decir que no sean obras que sean iguales a otras existentes y que tenga un toque que sea parte del estilo de un autor.

En este sentido, elementos de los juegos de mesa como las ilustraciones, diseños, formas de la tablas o de las piezas o fichas, con sus combinaciones de colores, siempre y cuando sean originales. Ahora bien, debido a que la realización de los diseños y elementos visuales de estos juegos, generalmente,  son obras realizadas por encargo, los derechos patrimoniales de las mismas pertenecen a las empresas que los comercializan, bien sea Hasbro, Mattel, entre otras.

Pero habiendo mencionado que los elementos visuales de los juegos de mesa son protegidos por el derecho de autor, siempre y cuando cumplan con el requisito de originalidad (además de que su protección es automática al momento de la materialización de la obra), es importante mencionar cuales elementos de los juegos de mesa no son protegidos por el derecho de autor.

En este punto, la mecánica del juego no entra dentro del ámbito de la protección del derecho de autor. La mecánica, desde la óptica de un juego de mesa, comprende las normas  o elementos que regulan y guían las acciones de los jugadores y las respuestas a ellos. Básicamente representa la técnica del juego.

La mecánica de los juegos de mesa no entra dentro del ámbito de protección del derecho de autor debido a que representan el método del juego, lo cual es una idea y no la expresión de una idea, lo cual reflejan las obras protegidas bajo esta figura.

Para entender mejor  el por qué de la no  protección de la mecánica de un juego o cualquier tipo de método o técnica, es preciso comentar un caso que ocurrió en el siglo XIX y que sentó jurisprudencia en Estados Unidos, el caso se denomina Baker v. Selden, en el cual el demandante (Baker) demandó a Selden por publicar un libro que consistía en un nuevo método de contabilidad, el cual Baker había publicado previamente.

El Tribunal Supremo de Estados Unidos, que conoció el caso en ultima instancia,  decidió que si bien el libro tenía la protección del derecho de autor, el método de contabilidad en sí mismo  no tenía protección de derecho de autor debido a que la forma e implementos previstos en el método  podían ser usados por cualquier persona dentro del área de contabilidad.

Aunque el caso no es juegos de mesa, sin duda la jurisprudencia ha afectado (y afecta) a los juegos de mesa.

 

CASOS RELEVANTES DE DERECHO DE AUTOR EN LOS JUEGOS DE MESA

 

Uno caso muy  en relación a derecho de autor en los juegos de mesa se refiere a la demanda que Scrabble presentó contra el juego Scarabeo, ante un Tribunal en Milán. En la demanda, Alfred Butt, el creador del popular juego de palabras, alegó que Aldo Pasetti, el creado de Scarabeo, plagió su creación. El Tribunal de Milán, en sentencia de fecha 17 de marzo de 1961, declaró que no podía haber infracción de derecho de autor basándose en las reglas de un juego o en elementos de un juego que están en el dominio público, como el crucigramas o el rompecabezas. En consecuencia, no existía un peligro de confusión entre Scarabeo y Scrabble.

 

Pasada esta controversia, Pasetti vendió los derechos patrimoniales del Scarabeo a Editrice Giochi, volviéndose el juego de palabras más popular de Italia. De hecho, en traducciones que se han hecho de obras literarias o cinematográficas se ha remplazado Scrabble por Scarabeo.

Otro caso de derecho de autor dentro del ramo de los juegos de mesa, que involucra a Hasbro y a su célebre Monopoly, y es que en 2005, Hasbro presentó demanda contra la joven empresa RADGames por infracción de marcas y derecho de autor, al comercializar un accesorio para el juego Monopolio que era usado en el tablero del mencionado juego.

Otro caso, también relacionado con Monopoly, se trata de la demanda presentada por Hasbro contra David Chang, el creador de Ghettopology, un juego que ha sido considerado como una parodia de Monopoly  usando términos que son racistas como ghetto.

A pesar de que Chang intentó cancelar la marca Monopoly, sus intentos fueron infructuosos, por lo que, finalmente, la demanda de Hasbro fue declarada con lugar, por lo que David Chang fue condenado a pagar la cantidad de 400 mil dólares en daños a Hasbro.

 

 

Sin duda los juegos de mesa representan una gran negocio que vale la pena proteger legalmente. Así que esos aspectos visuales  de los juegos de mesa son obras protegidas por el derecho de autor de forma automática a su creación. Así que si eres un aficionado a los juegos que tienes por finalidad la creación de  juego, debes saber que el aspecto visual del mismo están protegidos legalmente.

 

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