NIANTIC VS GLOBAL++ CHEATS 2019.

 

CONOCE EL CASO SOBRE DERECHO DE LOS VIDEOJUEGOS QUE HA ENFRENTADO A NIANTIC CONTRA GLOBAL ++ CHEATS.

 

De nuevo se analiza la industria de los videojuegos desde la perspectiva de la jurisprudencia. En este sentido, se trae a colación el asunto entre Niantic,filed a lawsuit in the District Court for the Northern District of California against the producer of Global++ Cheats.

NIANTIC VS GLOBAL++

Niantic VS Global ++, es uno de los casos más sonados en el ámbito de la industria del gaming. Concretamente, sería el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos del Distrito Norte de California, División Oakland el encargado de resolver la disputa entre Niantic, Inc. como demandante, una corporación de Delaware y Global++, una asociación, así como Ryan Hunt, It Haven Inc, Matthew Johnson, HLP Tech, LLC, Matthew Ragnarson, Mandy Johnson, Mandy Lombardo, Alen Hundur, Apphaven, Rajeshwar Ghoderao y Does 1-20, como demandados.

 

El caso lleva el número 19-CV-03425-JST, mediante el cual, el Juez honorable Jon, S. Tigar, dicta sentencia definitiva y requerimiento permanente en el presente pleito.



 

LA DEMANDA

 

La demanda fue planteada por Niantic contra Global++, cerrando casi de inmediato todas sus operaciones una vez que le llegó el escrito a la parte demandada. Niantic, como desarrollador de Pokémon Go, entre otros, acusó al grupo de haber infringido su propiedad intelectual, esto es, sus derechos de autor, atacando directamente contra la experiencia de los títulos del gaming de aquellos jugadores que habían hecho todo legalmente.

Muchos de los usuarios se decidieron por Global++ por cuanto se trata de un recurso desarrollado para consumidores que deciden utilizar trucos para obtener habilidades y ventajas no disponibles en las versiones lícitas de cada uno de los títulos, provocando que Niantic tomara las acciones legales oportunas.

La demanda fue presentada por la compañía ante el Tribunal Federal de California contra Global ++ y contra dos personas nombradas como Ryan Hunt, conocido habitualmente como ELLIOTROBOT y Alen Hunter, conocido como IOS NOOB, además de John Does.

Para la compañía Niantic, cualquiera de sus videojuegos debe ser disfrutado mediante las aplicaciones originales que se instalan en los dispositivos móviles y que pertenecen a la compañía. Estas apps contienen ellas mismas un código propietario protegido, mediante el cual los usuarios tienen acceso a los servidores de Niantic, lo que Globla++ aprovechó para copiar ilícitamente.

Lo que Global++ realizaba, en términos coloquiales, era acceder y copiar el código del cliente, modificándolo y adulterándolo, creando unas versiones no autorizadas las cuales eran comercializadas bajo los títulos de Potter++ / Unite++, PokeGo++ e Ingress++. Además, obtenían información acerca de las patentes y otros activos intangibles que posteriormente eran usados con fines comerciales.

Niantic, previamente a la interposición de la demanda intentó llegar a un acuerdo, ignorando sus solicitudes extrajudiciales, por lo que a la compañía no le quedó más remedio que acudir a sede judicial alegando presuntas infracciones de la Ley de Derechos de Autor, así como la Ley de Fraude y Abuso Informático y los Términos de Servicio de la empresa.

 

 ESTIPULACIONES

A través de este apartado, se conocerán las estipulaciones mantenidas entre Niantic vs Global++. La parte demandante Niantic, Inc., en adelante Niantic, junto con los demandados Global++, IT Haven Inc., HLP Tech, LLC, Ryan Hunt, Matthew Johnson y Alen Hunder, los demandados, finalmente acordarían un acuerdo en lo que respecta al pleito. Concretamente, las partes han estipulado concreta y conjuntamente obligándose a lo que a continuación se reseña:

En primer lugar, reconocen al Tribunal la jurisdicción sobre las partes y el objeto de esta acción, reiterando que la jurisdicción es apropiada recayendo ante tal órgano. Los demandados de Global++ consienten la jurisdicción del mismo con la finalidad de que se dicte Sentencia definitiva y requerimiento judicial permanente, el cual se adjunta en el seno del acuerdo como Anexo A.

En segundo lugar, Niantic ha decidido publicar los videojuegos de realidad aumentada basados en la localización que se juegan en los dispositivos móviles de los usuarios, incluyendo títulos tan importantes como Harry Potter: Wizards Unite, también conocido meramente como Harry Potter, Pokémon GO o Ingress. Para jugar a dichos títulos de Niantic, es necesario que los consumidores descarguen e instalen las aplicaciones móviles de Niantic en sus dispositivos móviles.

Estas aplicaciones se conectan a Internet y a través del mismo, lo que permite que se obtenga información relacionada con el videojuego de los servidores de Niantic, como pueden ser los nombres, ubicaciones de los personajes y elementos cercanos, lo que posteriormente se muestra en las pantallas de los dispositivos móviles de los jugadores.

En cuanto a los demandados, Global++ ha sido el que ha creado una parte, distribuido, lanzado al mercado e incluso se han beneficiado de aquellas versiones derivadas no autorizadas de las aplicaciones móviles de Niantic, también conocidas como Cheating Programs, versiones que agregan partes relevantes del código informático protegido mediante los derechos de autor de Niantic, pero, sin que medie algún tipo de consentimiento por parte de la empresa para cualquier actividad con el mismo.

Particularmente, los demandados Global++ han, como se menciona con anterioridad, desarrollado, distribuido, publicitado e incluso beneficiado de algunos títulos y programas tan importantes como es el nombrado como Potter++, o Unite++, una versión derivada tampoco autorizada de la aplicación móvil desarrollada por Niantic para Harry Potter. A mayor abundamiento, también han realizado lo mismo mediante un programa denominado PokeGo++, una versión derivada no autorizada de la aplicación móvil de Niantic para Pokémon Go.

Adicionalmente, también han desarrollado el programa Ingress++, una versión derivada no autorizada también de la aplicación móvil que había creado Niantic para Ingress. Por tanto, todos los programas no autorizados permiten a cada uno de los demandados de Global++ y a sus consumidores y usuarios desarrollar acciones no autorizadas mientras se juega a los videojuegos y títulos del gaming de Niantic.

Incluso, se ha permitido que los demandados de Global++ obtengan los datos más relevantes de los mapas los cuales pertenecen por autoría y titularidad a Niantic. Esto pone de manifiesto como los llamados Cheating Programs permiten ya no sólo a la empresa realizar trampas, sino también a los consumidores que la usan tantas veces como deseen.



 

NIANTIC VS GLOBAL++: OTROS DATOS

En Niantic vs Global++, se puede señalar lo que a continuación se reseña. Los videojuegos desarrollados por Niantic son títulos del gaming pertenecientes a la modalidad multijugador, por lo que distintos usuarios pueden disfrutarlo en un compartido. Es decir los Cheating Programs dan a los demandados de Global++ y a sus consumidores ventajas totalmente injustas sobre aquellos jugadores de Niantic, atentando contra la integridad de la experiencia de juego de los mismos.

Los demandados Global++ se beneficiaron de dicha actividad ilegal mediante la venta de suscripciones, cobrando posteriormente por ellas en plataformas tan relevantes como Patreon, así como otros soportes digitales de distribución. Los consumidores adquirían esas suscripciones para poder acceder a las funciones no autorizadas de los Cheating Programas, lo que a su vez permitía a los usuarios de los demandados Global++ hace trampas en todos los títulos del gaming de Niantic.

Por su parte, los demandados Global++ vendían suscripciones a sus Cheating Programas y eso posteriormente era vendido a cientos de miles de usuarios. Las actividades de los demandados Global++, como se ha reseñado con anterioridad, han atentado contra la integridad de la experiencia de los títulos del gaming para aquellos consumidores legítimos de los videojuegos de la compañía Niantic, disminuyendo considerablemente la atracción por los títulos de la empresa.

Incluso en algunas ocasiones los jugadores han decidido por no disfrutar de los títulos de Niantic por completo. En definitiva, las actividades de los demandados de Global++ han dañado la reputación y la buena voluntad de la empresa Niantic, llegando incluso a interferir en el negocio de la compañía, siendo las actividades de los demandados continuos ataques, salvo que se les prohibiese tales acciones permanentemente.

Las actividades desarrolladas por los demandados Global++, tal y como se ha reseñado, violan los derechos de Niantic, en virtud de la Ley Federal de Derechos de Autor, particularmente 17 U.S.C. 101, et. Seq. Esto se debe a que las actividades de la parte de adverso también atentan contra la Ley Federal de Fraude y Abuso Informático, en especial, 18 U.S.C. 1030.

No quedando ahí la conducta delictiva, también violan la Ley Integral de Acceso a Datos Informáticos y Fraude de California, Cal. Penal Code 502 e incluso han sido catalogadas como conductas ilegales, desleales y fraudulentas en violación de la Ley de Competencia Desleal de California, Cal. Bus. & Prof. Code 17200, et seq. 13 – 13. Todas estas conductas aparecen reflejadas en las condiciones de Niantic, constituyendo un contrato totalmente vinculante para las partes.

Por tanto, las actividades desarrolladas por los demandados Global++, tal y como se han descrito previamente, son constitutivas de distintas acciones ilícitas, lo que a su vez significa que también se ha vulnerado el contrato, o lo que es lo mismo, ha habido un incumplimiento de contrato. Estas actividades suponen una interferencia con las relaciones contractuales existentes entre la compañía Niantic y sus clientes.

Por consiguiente, Niantic tiene derecho a la reparación establecida en la Sentencia definitiva y también requerimiento permanente como otrosí en este asunto. De conformidad con la Regla Federal de Procedimiento Civil 41 (a) (1) (A), Niantic presenta simultáneamente una notificación de desestimación voluntaria de sus demandas contra los demandados AppHaven y Rajeshwar Ghoderao.

 

NIANTIC VS GLOBAL++: LOS PROBLEMAS

Como consecuencia de que los títulos de la empresa Niantic eran todos pertenecientes a la modalidad multijugador, ambas partes llegaron a un acuerdo por el que se entendió que las versiones hackeadas dieron a los usuarios que se aprovecharon de ello ventajas totalmente injustas sobre los jugadores legales, lo que afecto a la experiencia de cada uno de los títulos en general.

A su vez, otro de los problemas fue que la empresa vendió suscripciones obteniendo beneficios económicos a través de distintas plataformas digitales, con especial relevancia Patreon. Por último, el éxito de Niantic también disminuyó el entusiasmo de los consumidores en general lo que provocó un distanciamiento por completo de los jugadores a los títulos de Niantic, sufriendo un daño en la reputación y en el negocio realmente importante.

 

 LIQUIDACIÓN

Dentro del acuerdo suscrito entre las partes, esto es, Niantic vs Global++, los demandados han acordado con la parte de adverso el pago a la compañía Niantic de 5.000.000 dólares para paliar los daños y perjuicios, sometiéndose a su vez a una orden judicial que le impide de manera permanente el desarrollo, comercialización o recibimiento de pagos por los Cheating Programs o productos o servicios parecidos.

Adicionalmente, se han comprometido a no ofrecer ni recibir pagos por artículos que usen datos o propiedad intelectual de Niantic, absteniéndose de realizar ingeniería inversa, descompilar o desmontar cualquier producto perteneciente a la compañía. Incluso se ha prohibido rastrear o ajustar cualquier herramienta que pueda interferir con los protocolos y términos acordados por Niantic en términos generales.

 

 SENTENCIA DEFINITIVA Y REQUERIMIENTO JUDICIAL PERMANENTE

Con base en las estipulaciones anteriormente expuestas por las partes, es decir Niantic vs Global++, se ha ordenado por el Juzgador al Secretario del Tribunal que introduzca a su vez la Sentencia Definitiva y el Requerimiento Judicial Permanente, el cual se adjunta a tal escrito como Anexo A, así como la Sentencia final del Tribunal en este asunto, quedando las fechas y plazos existentes de este pleito totalmente anuladas.

En esta página web ya se han analizado los derechos de autor en los videojuegos en reiteradas ocasiones, pinche en los siguientes enlaces:

 

Derechos de autor y videojuegos 1.

Derechos de autor y videojuegos 2.

Derechos de autor y videojuegos 3.

Fuentes:

  1. NIANTIC, FILED A LAWSUIT IN THE DISTRICT COURT FOR THE NORTHERN DISTRICT OF CALIFORNIA AGAINST THE PRODUCER OF GLOBAL++ CHEATS: LA DEMANDA.
  2. NIANTIC, FILED A LAWSUIT IN THE DISTRICT COURT FOR THE NORTHERN DISTRICT OF CALIFORNIA AGAINST THE PRODUCER OF GLOBAL++ CHEATS: EL ACUERDO.

 

TE RECOMENDAMOS LOS SIGUIENTES LIBROS SOBRE DERECHO DE LOS VIDEOJUEGOS.

 

Ludum Lex: LOS SECRETOS DEL DERECHO APLICADO AL DESARROLLO DE VIDEOJUEGOS (COMIC)
La Protección Jurídica De Los Derechos De Autor De Los Creadores De Videojuegos: ‘Statu Quo’ Perspectivas Y Desafíos (Arte y Derecho)
Principios legales de los videojuegos y de los e-sports: 04 (Ciencia y técnica)
Videogame Law: Cases, Statutes, Forms, Problems & Materials, Second Edition (English Edition)
Interactive Entertainment: A Videogame Industry Guide (English Edition)
Protection of videogame mechanic through the patentability of software: A comparative approach
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