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Este funcionamiento requiere de una interacci\u00f3n del usuario con el sistema y esto tiene lugar a trav\u00e9s de la interfaz de usuario, que puede ser de diversos tipos, entre ellos, una interfaz gr\u00e1fica.<\/p>\n Hoy, analizaremos c\u00f3mo se puede proteger, legalmente, la interfaz gr\u00e1fica de los videojuegos.<\/p>\n Interfaz gr\u00e1fica de videojuegos 1 – \u00bfQu\u00e9 es?<\/a><\/p>\n <\/p>\n [vc_separator color=\"custom\" border_width=\"2\" accent_color=\"#00d0ff\"]<\/p>\n <\/p>\n Antes de analizar cu\u00e1l es el mejor instrumento de protecci\u00f3n legal para la interfaz gr\u00e1fica de los videojuegos, debemos recordar algunos conceptos<\/strong> que ya tuvimos ocasi\u00f3n de comentar, en profundidad, en la anterior entrada.<\/p>\n Recordemos que la interfaz de usuario<\/strong> es el medio utilizado por este \u00faltimo para interactuar con una m\u00e1quina. Dicho elemento puede articularse a trav\u00e9s de distintos mecanismos, siendo, los m\u00e1s usados: los comandos<\/strong> (interfaz de l\u00ednea de comandos), elementos visuales<\/strong> (interfaz gr\u00e1fica de usuario) u otras herramientas<\/strong> como la voz (interfaz natural de usuario).<\/p>\n Imaginemos un programa de ordenador como puede ser, por ejemplo, la calculadora. <\/strong><\/p>\n Dicha aplicaci\u00f3n est\u00e1 compuesta por un c\u00f3digo que regula sus funciones y que es el que hace que funcione correctamente. Dentro de \u00e9l, se insertan las l\u00edneas necesarias para configurar su interfaz gr\u00e1fica: la colocaci\u00f3n de las \u201cteclas\u201d, el aspecto est\u00e9tico en su conjunto, etc.<\/p>\n En el caso de un videojuego,<\/strong> es igual. Incluso, los equipos de desarrollo de la interfaz gr\u00e1fica pueden trabajar de manera independiente en este aspecto del juego, con herramientas espec\u00edficas y, posteriormente, implementarlo en el c\u00f3digo del videojuego.<\/p>\n De esta manera, vemos que la interfaz gr\u00e1fica de un videojuego est\u00e1 compuesta<\/strong>, por un lado, por el c\u00f3digo necesario para configurarla a nivel t\u00e9cnico; y, por otro, por el resultado visual final. En muchas ocasiones, sin embargo, podemos encontrar que el t\u00e9rmino interfaz gr\u00e1fica de usuario se refiere, \u00fanicamente, a la apariencia visual.<\/p>\n Aqu\u00ed, vamos a centrarnos, \u00fanicamente, en la protecci\u00f3n de la apariencia visual,<\/strong> pues, en ocasiones anteriores, ya hemos tratado la protecci\u00f3n de los videojuegos mediante derechos de autor.<\/p>\n <\/p>\n <\/p>\n [vc_separator color=\"custom\" border_width=\"2\" accent_color=\"#00d0ff\"]<\/p>\n El Derecho espa\u00f1ol y comunitario<\/strong> nos brinda diversos mecanismos de protecci\u00f3n<\/strong> que podr\u00edan ser aplicables en este caso. Principalmente, hablamos de las diferentes figuras legales de propiedad industrial e intelectual (PI).<\/strong><\/p>\n Adem\u00e1s, para aquellos casos en que estas no puedan ser de aplicaci\u00f3n, podemos acudir a la regulaci\u00f3n en materia de competencia desleal<\/strong> (actos de confusi\u00f3n, imitaci\u00f3n\u2026).<\/p>\n Brevemente, veamos qu\u00e9 figuras de PI existen y c\u00f3mo encajar\u00edan en la protecci\u00f3n de la interfaz gr\u00e1fica de usuario presente en los videojuegos.<\/p>\n <\/p>\n [vc_separator color=\"custom\" border_width=\"2\" accent_color=\"#00d0ff\"]<\/p>\n Entonces, \u00bfse puede proteger la interfaz gr\u00e1fica de los videojuegos?<\/strong> La respuesta es s\u00ed. \u00bfC\u00f3mo?<\/strong> Veamos.<\/p>\n De todas las figuras de propiedad industrial que hemos citado en el apartado anterior, la id\u00f3nea para proteger las interfaces gr\u00e1ficas de los videojuegos ser\u00eda el dise\u00f1o industrial<\/strong>, siempre que se cumplan los requisitos.<\/p>\n Junto a ella, los derechos de autor<\/strong> pueden proteger, tambi\u00e9n, este elemento de los videojuegos.<\/p>\n <\/p>\n [vc_separator color=\"custom\" border_width=\"2\" accent_color=\"#00d0ff\"]<\/p>\n <\/p>\n Tanto a nivel nacional, en Espa\u00f1a<\/strong>, como de la Uni\u00f3n Europea<\/strong>, es posible proteger, la apariencia visual de la interfaz gr\u00e1fica a trav\u00e9s de la figura del dise\u00f1o industrial (dise\u00f1o comunitario en la UE).<\/strong><\/p>\n A nivel europeo<\/strong>, la figura del dise\u00f1o comunitario procede si la apariencia es novedosa, original y no implica ninguna ventaja pr\u00e1ctica. Esto es as\u00ed porque \u00fanicamente, se protege la est\u00e9tica, el total concept and feel<\/em>.<\/p>\n Existe la posibilidad de que este dise\u00f1o sea registrado o no. En el primer caso, la protecci\u00f3n podr\u00eda llegar hasta los 25 a\u00f1os, a trav\u00e9s de periodos de 5 a\u00f1os prorrogables hasta alcanzar ese l\u00edmite de 25. En caso de no registrarse, la protecci\u00f3n dura 3 a\u00f1os desde la divulgaci\u00f3n del dise\u00f1o.<\/p>\n La decisi\u00f3n depende, como ocurre en otros sectores, como la moda, del ciclo de vida del producto<\/strong>. Por ejemplo, en la franquicia de videojuegos de f\u00fatbol FIFA \u00ae, desarrollada por EA Sports, se publica un juego anualmente y, lo que m\u00e1s cambia, es la interfaz. En ese caso, no ser\u00eda interesante registrar el dise\u00f1o.En caso de otros juegos, como la saga Gran Theft Auto (GTA) \u00ae, de Rockstar, el tiempo que media entre un lanzamiento y otro puede ser, de cinco a\u00f1os o m\u00e1s, por lo que podr\u00eda ser interesante.<\/p>\n <\/p>\n En Espa\u00f1a<\/strong>, la protecci\u00f3n de las interfaces gr\u00e1ficas puede realizarse a trav\u00e9s de la figura de los dise\u00f1os industriales (registrados o no registrados), siempre y cuando cumpla los mismos requisitos mencionados y operan las \u00a0mismas consideraciones sobre la duraci\u00f3n.<\/p>\n A la hora del registro de un dise\u00f1o comunitario (UE) o un dise\u00f1o industrial (Espa\u00f1a), <\/strong>es preciso acompa\u00f1ar la solicitud con documentaci\u00f3n gr\u00e1fica tales como fotograf\u00edas (ya sean en blanco y negro o en color) o con dibujos. Por ahora, no es posible utilizar otros formatos como v\u00eddeos.<\/p>\n <\/p>\n [vc_separator color=\"custom\" border_width=\"2\" accent_color=\"#00d0ff\"]<\/p>\n <\/p>\n \u201cLos videojuegos (\u2026) son un material complejo que incluye no s\u00f3lo un programa de ordenador, sino tambi\u00e9n elementos gr\u00e1ficos y sonoros que (\u2026) tienen un valor creativo propio (\u2026). En la medida en que las partes de un videojuego<\/strong>, en el presente caso esos elementos gr\u00e1ficos y sonoros, participan<\/strong> de la originalidad de la obra, est\u00e1n protegidas<\/strong>, junto con el conjunto de la obra, por los derechos de autor en el r\u00e9gimen establecido por la Directiva\u00a02001\/29\u201d (\u00a7 23 STJUE C-355\/12 Nintendo v PC Box, de 23 de enero de 2014<\/a>).<\/p>\n Asimismo, el TJUE ha tenido oportunidad de pronunciarse, espec\u00edficamente, sobre las interfaces gr\u00e1ficas de usuario (ordenador) indicando que son un medio que permite una comunicaci\u00f3n entre el usuario y la m\u00e1quina y que (la interfaz) no constituye una expresi\u00f3n del programa, sino que goza de protecci\u00f3n independiente<\/strong> (\u00a7 40 a 46 STJUE C393\/09 Bezpe\u010dnostn\u00ed softwarov\u00e1 asociace \u2013 Svaz softwarov\u00e9 ochrany v. Ministerstvo kultury, de 22 de diciembre de 2010<\/a>).<\/p>\n As\u00ed, se deduce que la interfaz gr\u00e1fica de un videojuego, en tanto que elemento gr\u00e1fico parte de la obra que es un videojuego, puede ser protegida, de manera independiente, mediante los derechos de autor<\/strong>, siempre que se trate de una obra original.<\/p>\n Este razonamiento se hace extensible<\/strong> al caso de la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola<\/strong>, la cual admitir\u00eda la protecci\u00f3n independiente de la interfaz gr\u00e1fica de los videojuegos.<\/p>\n Una de las mayores ventajas de la protecci\u00f3n de los derechos de autor<\/strong> es la duraci\u00f3n de la protecci\u00f3n. Sin embargo, como ya tuvimos ocasi\u00f3n de analizar al hablar de los derechos de autor en los videojuegos, puede que el problema est\u00e9 en la determinaci\u00f3n de la titularidad.<\/p>\n Adem\u00e1s, la Ley 20\/2003<\/strong>, de protecci\u00f3n jur\u00eddica del dise\u00f1o industrial indica que la protecci\u00f3n mediante dise\u00f1o industrial y derechos de autor es independiente, acumulable y compatible.<\/p>\n <\/p>\n <\/p>\n [vc_separator color=\"custom\" border_width=\"2\" accent_color=\"#00d0ff\"]<\/p>\n Una vez que sabemos que es posible la protecci\u00f3n de la interfaz gr\u00e1fica de los videojuegos a trav\u00e9s, tanto de los dise\u00f1os industriales (comunitarios), como de los derechos de autor, la pregunta podr\u00eda ser \u00bfrealmente se utilizan y se protegen en Espa\u00f1a y Europa?<\/strong><\/p>\n En Espa\u00f1a<\/strong>, existen pocos registros de dise\u00f1os industriales consistentes en interfaces gr\u00e1ficas (en general). Sin embargo, no existen registros de interfaces gr\u00e1ficas de videojuegos en la OEPM.<\/p>\n Esta circunstancia tiene sentido al pensar que un videojuego rara vez se hace para un territorio tan concreto como un \u00fanico pa\u00eds<\/strong>, m\u00e1xime cuando existen tantas maneras de llegar a varios mercados.<\/p>\n Los dise\u00f1os industriales nacionales tienen eficacia limitada a un pa\u00eds<\/strong> y, por tanto, ser\u00eda raro ver estos registros. Raro, pero no inexistente, como vemos en estas im\u00e1genes.<\/p>\n <\/p>\n <\/p>\n Tambi\u00e9n, es posible encontrar registros de dise\u00f1os industriales a nivel europeo.<\/p>\n <\/strong><\/p>\n <\/p>\n [vc_separator color=\"custom\" border_width=\"2\" accent_color=\"#00d0ff\"]<\/p>\n <\/p>\n Derecho de los videojuegos<\/a><\/p>\n Derechos de autor en los videojuegos \u2013 Parte 1<\/a><\/p>\n Derechos de autor en los videojuegos \u2013 Parte 2<\/a><\/p>\n Derechos de autor en los videojuegos \u2013 Parte 3<\/a><\/p>\n Emulador de videojuegos: \u00bfes legal?<\/a><\/p>\n Cheats o trucos en los videojuegos – \u00bfSon legales?<\/a><\/p>\nALGUNAS NOTAS SOBRE LA INTERFAZ GR\u00c1FICA DE LOS VIDEOJUEGOS<\/strong><\/h3>\n
PROTECCI\u00d3N LEGAL DE LA INTERFAZ GR\u00c1FICA DE VIDEOJUEGOS \u2013 MECANISMOS<\/strong><\/h3>\n
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\u00bfC\u00d3MO SE PROTEGE LA INTERFAZ GR\u00c1FICA DE LOS VIDEOJUEGOS?<\/strong><\/h3>\n
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LA PROTECCI\u00d3N DE LAS INTERFACES GR\u00c1FICAS DE VIDEOJUEGOS \u2013 DISE\u00d1O INDUSTRIAL<\/strong><\/h3>\n
LA PROTECCI\u00d3N DE LAS INTERFACES GR\u00c1FICAS DE VIDEOJUEGOS \u2013 DERECHOS DE AUTOR<\/strong><\/h3>\n
EJEMPLOS DE REGISTROS DE INTERFACES GR\u00c1FICAS DE VIDEOJUEGOS<\/strong><\/h3>\n
SI QUIERES LEER SOBRE M\u00c1S SOBRE DERECHO DE LOS VIDEOJUEGOS, VISITA ESTAS ENTRADAS:<\/strong><\/h3>\n